2.4. Preguntas y respuestas frecuentes

Trabajamos de corazón para usted y su familia

2.4. Preguntas y respuestas frecuentes

Preguntas y respuestas

QUÉ SERVICIOS PRESTA LA ESE RED DE SERVICIOS DE SALUD?

 

Actualmente presta servicios de Consulta Externa general, consulta odontólogica general, Urgencias de baja complejidad, laboratorio clinico de baja complejidad, Salud Oral, transporte asistencial basico, Apoyo diagnostico, Actividades de Promoción y Prevención de la salud y Prevencion de la enfermedad contempladas en el Plan Obligatorio de Salud.

 

QUIENES DEBEN ESTAR AFILIADOS EN EL RÉGIMEN SUBSIDIADO?

 

En este Régimen deben estar afiliadas las personas más pobres del país, es decir, las clasificadas en los niveles 1 ó 2 del Sisben (casos particulares nivel 3), y los grupos especiales prioritarios, tales como personas en condición de desplazamiento, población infantil abandonada a cargo del ICBF, menores desvinculados del conflicto armado, comunidades indígenas; personas mayores en centros de protección; población rural migratoria; personas del programa de protección a testigos; indigentes y población gitana (conocida como ROM), entre otros.

 

¿CÓMO AFILIARSE AL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO?

 

El empleado escoge la EPS y se lo comunica al empleador junto con los datos de su familia. El pensionado, como viene de ser empleado, sólo debe informar al Fondo de Pensiones cuál es la EPS a la que este deberá entregar su cotización, que podrá ser la misma a la que venía afiliado, u otra en caso de que haya decidido cambiarse. El Fondo de Pensiones está obligado a afiliarlo y tiene la responsabilidad de pagar la cotización mensual a las EPS seleccionada.

 

 

¿CÓMO SABER EL NIVEL DEL SISBEN?

 

Para esto se debe solicitar la aplicación de la encuesta a la alcaldía del correspondiente municipio, el cual posteriormente debe informarle el puntaje y el nivel del Sisben que obtuvo.

¡Recuerde!

Tener la encuesta Sisben no significa estar afiliado al Régimen Subsidiado; simplemente es un requisito previo para afiliarse a este régimen.

 

¿CÓMO SE DEBE COTIZAR AL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO?

 

La cotización del empleado dependiente es del 12.5% del salario mensual (8.5% a cargo del empleador y 4% a cargo del empleado); el trabajador independiente paga mensualmente 12.5% de sus ingresos como valor de la cotización y el pensionado paga el 12% de su mesada pensional.

 

¿CÓMO SOLICITAR LA AFILIACIÓN AL RÉGIMEN SUBSIDIADO?

 

Si está dentro de los rangos establecidos (nivel 1 ó 2 del Sisben), puede solicitar la afiliación escogiendo libremente una EPS del Régimen Subsidiado de las que estén autorizadas para operar en su municipio. Para esto debe estar atento a las convocatorias que realizan las alcaldías o secretarías de salud locales.

  • En el momento de su afiliación debe recibir el carné que lo identifica como afiliado a la EPS del Régimen Subsidiado, el cual debe conservar para solicitar los servicios.

 

¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS POR ESTAR AFILIADO AL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO?

 

 El cotizante y su familia tienen derecho a recibir todos los servicios del Plan Obligatorio de Salud, POS, que incluye acciones de promoción de la salud, prevención de la enfermedad y de recuperación de la salud desde la medicina preventiva básica hasta tratamientos de alta complejidad.

¡Recuerde!

En el POS no hay preexistencias, es decir que si al afiliarse la persona tiene enfermedades anteriores, estas se atienden y cubren sin costo adicional, incluso para el caso de las enfermedades más costosas como Cáncer o Sida.

  • Recibir un subsidio en dinero en caso de incapacidad: y licencia de maternidad.
  • Afiliar a su familia sin costo adicional.

 


¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS POR ESTAR AFILIADO AL RÉGIMEN SUBSIDIADO?

 

Recibir los mismos servicios de salud incluidos en el Plan Obligatorio de Salud del Régimen Contributivo, tales como atención de urgencias en cualquier IPS pública o privada de todo el país, consulta médica general y odontológica, atención en ortopedia y traumatología, servicios de laboratorio clínico, procedimientos quirúrgicos, atención en ginecoobstetricia, oftalmología, medicina interna, neurología, dermatología y psiquiatría, suministro de medicamentos, servicios ambulatorios y hospitalización, entre otros.

Cobertura familiar: La afiliación al régimen subsidiado otorga automáticamente al afiliado el derecho a incluir su núcleo familiar compuesto por el (o la) cónyuge o el compañero o la compañera permanente del afiliado, independientemente de que sean del mismo sexo; los hijos menores de 18 años de cualquiera de los cónyuges (incluyendo los adoptivos), que hagan parte del núcleo familiar y que dependan económicamente de éste; los hijos de cualquier edad con incapacidad permanente o aquellos que tengan menos de 25 años, que sean estudiantes con dedicación exclusiva y dependan económicamente del afiliado.

Todo recién nacido, hijo de afiliado al régimen subsidiado, automáticamente queda afiliado a la EPS  a la que pertenezca cualquiera de sus padres, quienes deben informar la novedad, anexando copia del certificado de nacido vivo. Los padres cuentan con treinta días calendario para entregar el Registro Civil de Nacimiento en la EPS

¡Recuerde!

Los medicamentos, procedimientos o exámenes que no estén incluidos en el POS y que de acuerdo con el criterio médico se requieran para preservar la salud del paciente, deben ser solicitados por el profesional de la salud al Comité Tecnico-Científico de la EPS, con la debida justificación.

¿PARA QUÉ SIRVE ESTAR AFILIADO A UNA ARL?

 

Con esa afiliación se cubren todos los gastos de salud que ocasionen los accidentes laborales o enfermedades profesionales que se produzcan por causa o como consecuencia de su trabajo, así como el pago de los días en que no pueda trabajar a causa de los mismos. La atención de los accidentes o enfermedades será realizada por la EPS a la que se encuentre afiliado, quien cobrará los gastos ocasionados a la ARL.

 

¿QUIÉNES DEBEN ESTAR AFILIADOS AL SISTEMA DE RIESGOS LABORALES?

 

Obligatoriamente los trabajadores dependientes, nacionales o extranjeros, vinculados mediante contrato de trabajo o como servidores públicos; los independientes con contrato superior a un mes; los jubilados o pensionados, excepto por invalidez, que se reincorporen a la fuerza laboral y los estudiantes que para la terminación de sus estudios realicen trabajos que involucren un riesgo ocupacional.

En forma voluntaria se pueden afiliar los independientes con contratos inferiores a un mes y los informales.

 

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